Antes de entrar en materia, quiero recordar que, en el marco económico y político global en que se encuentra España, los políticos son indispensables para el funcionamiento de un país democrático como el nuestro pero no son ni mucho menos decisivos para el bienestar de sus ciudadanos ni para la evolución de su economía y de los mercados financieros. Qué duda cabe que las leyes y decisiones de un Gobierno afectan a la vida socioeconómica de un país, pero nunca la determinan en su totalidad mientras se respeten los principios básicos del Estado de Derecho. Además, como tantas veces sucede en política, de lo dicho al hecho hay mucho trecho y el refranero pocas veces se equivoca. Me explicaré.
Medidas de cara a la galería en IRPF que no incrementarán la recaudación
La creación en el IRPF de dos nuevos tramos de dos y cuatro puntos por encima del actual marginal máximo para las rentas que superen 130.000 y 300.000 euros en la base general y la elevación de cuatro puntos para la renta que exceda de 140.000 euros en las rentas de capital, no son medidas que dañen en exceso la tributación de los afortunados cuyos ingresos se mueven en esos rangos. Siempre podrán recurrir a una mejor planificación fiscal, cuestión que realmente debería plantearse en cualquier tipo de renta, y lograr “reoptimizar” su sede fiscal.
Los expertos fiscales de la Administración del Estado saben que una mayor fiscalidad sobre las rentas salariales tiende a desincentivar el trabajo e impulsa la búsqueda de modelos de remuneración menos gravosos por parte de los contribuyentes. Por todo ello, es más que improbable que se produzca un incremento de la recaudación cuando las citadas medidas comiencen a aplicarse si bien, de cara a la galería proporcionarán la imagen de castigo a los ricos que tanto gusta vender a los partidos políticos de izquierdas.
Socimi: la incomprensión del político
Las Socimi, acrónimo de Sociedad Anónima Cotizada de Inversión en el Mercado Inmobiliario, nacieron en 2012 con el objetivo principal de reactivar al entonces moribundo sector inmobiliario español e impulsar el mercado del alquiler y han contribuido de manera decisiva a la recuperación de este sector fundamental en el PIB español. Las Socimi tributan a un tipo del 0% mientras distribuyan la mayor parte de su beneficio en forma de dividendo a sus accionistas siendo éstos los que acaban pagando el impuesto que la sociedad se ahorró. Pese a que en un lado u otro siempre se acabe tributando, hay políticos que sitúan a estas sociedades como un paraíso fiscal culpable de la subida de los alquileres en algunas zonas de España.
Ahora parece que va a aplicarse un tipo de gravamen especial del 15% sobre los beneficios que no sean objeto de distribución, penalización fiscal que ya reflejaban los frustrados presupuestos generales del Estado para el año 2019. Sin embargo, si tenemos en cuenta que la mayor parte del beneficio de las Socimi es distribuido o reinvertido y que acostumbran a contar con financiación cuyos intereses ayudan a bajar la factura fiscal final, el verdadero impacto que el citado gravamen pueda tener en este tipo de sociedades es más bien simbólico. Ello no obsta para reconocer que, como indica el preámbulo de la Ley que las regula, siendo uno de los objetivos para su creación el minimizar los impactos negativos de los ciclos económicos, la modificación constante en su tributación (ésta será la tercera en siete años) no es en absoluto coherente con tal fin.
Sicav: no podían faltar en la “batería antiricos”
También se recupera de la nonata Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2019 la cesión a Hacienda de la competencia de comprobar, entre otras cuestiones, si las Sicav cumplen con el número mínimo de accionistas (100). A mi juicio, el hecho de reemplazar a la CNMV por el Ministerio de Hacienda en la citada función de supervisión no supone variación significativa ni menoscabo del actual régimen de estas sociedades de inversión objeto de odio de algunos y de desconocimiento de la mayoría como ya contaba en este blog hace ahora un año.
Creo que aunque se otorgue a los órganos de inspección de la Agencia Tributaria la competencia para declarar a efectos exclusivamente tributarios el incumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa de las Sicav, siempre que los administradores y depositarios de éstas cumplan debidamente con su labor, el riesgo de incidencia fiscal para una Sicav será residual. Sería diferente si, como tantas veces se ha divulgado, se establece un tope de concentración de capital en manos de un mismo inversor, característica que, junto a la de la exigencia de los 100 accionistas, no es de aplicación en la práctica totalidad de países de la Unión Europea. De ahí que, a mi juicio, tal modificación legal no acabará teniendo lugar para evitar, entre otras cosas, una huida de capitales y un daño innecesario a la industria financiera ya suficientemente dañada por el actual entorno tecnológico y de tipos de interés.
Cambios en Impuesto de Sociedades (IS): escasa relevancia para la mayoría de empresas
El establecimiento de un tipo efectivo mínimo del 15% en el Impuesto de Sociedades para grandes corporaciones, que subirá al 18% en el caso de los bancos y empresas de hidrocarburos, también tendrá un impacto más mediático que real en términos de recaudación como sucede en los mencionados cambios del IRPF.
El bajo efecto recaudatorio de tal medida se debe a que las empresas ya tributan por encima de ese umbral. Además, la aparente baja imposición de los bancos y de otras grandes compañías se explica por el hecho de que en su mayoría se trata de multinacionales que ya pagan impuestos en el exterior, si bien muchos cometen el error de utilizar los beneficios totales y no la base imposible del IS español para calcular el tipo efectivo final. Tampoco olvidemos que cuando las empresas agoten los créditos fiscales por pérdidas pasadas (vivimos hace unos años la peor crisis económica de la Historia de España), la recaudación por este impuesto experimentará una considerable subida como ya lleva sucediendo a lo largo de los últimos años.
Mucho ruido y pocas nueces, al menos por ahora
El antetítulo refleja la que considero principal conclusión de los mayores cambios fiscales que parece que el nuevo Gobierno de la Nación está pergeñando. No he tratado en esta columna de otras cuestiones de mucha más relevancia como la modificación de la reforma laboral o incluso su derogación total (todavía una de las grandes incógnitas) y de la posible nueva revisión al alza del SMI. Ambas medidas, de tomarse, sí que podrían acabar deteriorando de verdad algunas de las bases de nuestra economía y perjudicando, además, a algunas de las esferas más débiles del tejido sociolaboral español. Veremos.
Asesórense bien y sean prudentes.
twitter: @GSantos_A